A la Gobernadora del Estado de México
Al Presidente Municipal de Nezahualcóyotl
Al H. Cabildo de Nezahualcóyotl
A la Ciudadanía y Medios de Comunicación.
Los que suscribimos, José Luis Jiménez Presidente de la Hermandad Mexicana de Prensa y Directivo de la Revista Gráfica Internacional; J. Abdón Maldonado Presidente de la Asociación de Periodistas Independientes y Director del Periódico Macrópolis; Salvador Olvera Alegría, Presidente de la Asociación de Derechos Humanos; y demás compañeros organizadores, denunciamos públicamente la negligencia, discriminación y desprecio institucional sufrido el 6 de junio de 2026 “Día de la Libertad de Expresión.”
QUEJA FORMAL PARA CODHEM
Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.
Presente:
Asunto: Queja por violación a los artículos 1, 6 y 7 Constitucionales. Censura indirecta por omisión y discriminación a periodistas.
Quejosos:
- Representantes de diversos medios informativos y redes sociales, radio y televisión.
- J. Abdón Maldonado Presidente de la Asociación de Periodistas Independientes y Director del Periódico Macrópolis.
- Salvador Olvera Alegría, Presidente de la Asociación de Derechos Humanos.
- Demás integrantes de La Hermandad Periodística de Nezahualcóyotl y el Estado de México.
Autoridad señalada como responsable:
- Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México. Presidente Municipal, Primer Regidor y demás integrantes del Cabildo.
HECHOS:
- Con fecha 6 de mayo de 2026, ingresamos por Oficialía de Partes solicitud formal dirigida al Presidente Municipal con copia al Primer Regidor, requiriendo apoyo logístico mínimo para la conmemoración del Día de la Libertad de Expresión el 7 de junio de 2026: Mampara, sonido, 50 sillas, 3 mesas, atril y uso del teatro al aire libre ubicado en Av. Sor Juana casi esquina con Avenida Chimalhuacán.
- El Primer Regidor nos aseguró verbalmente que «ya no había problema» y que «todo estaba bien».
- Se entregaron invitaciones con gafete de Invitado de Honor al Presidente Municipal, Regidores, Síndicos y al Comisario General de Seguridad Pública Municipal, tanto por Oficialía de Partes como en propia mano.
- El día sábado 6 de junio de 2026 la autoridad municipal incumplió totalmente. No se presentó ningún recurso material solicitado. Ningún funcionario acudió al evento. No se emitió disculpa ni justificación.
- El espacio público asignado se encontraba en condiciones insalubres, utilizado como baño público por personas en situación de calle, teniendo que ser aseado por los propios organizadores para recibir a medios de comunicación y personalidades invitadas.
- La omisión obligó a reporteros de radio, TV y prensa escrita a realizar su labor sin mobiliario, colocando equipo en el suelo. Esto constituyó un acto de humillación y obstrucción al ejercicio periodístico.
DERECHOS HUMANOS VIOLADOS:
- Art. 1 Constitucional: Discriminación por razón de oficio periodístico al negar condiciones dignas otorgadas a otros eventos.
- Art. 6 Constitucional: Violación al derecho a la información y libertad de expresión mediante censura indirecta por omisión de recursos.
- Art. 7 Constitucional: Inviolabilidad de difundir opiniones e información por cualquier medio. La autoridad obstaculizó los medios materiales para ello.
- Art. 13 Convención Americana sobre Derechos Humanos: Restricciones indirectas a la libertad de expresión.
PRUEBAS:
- Copia del oficio ingresado el 6 de mayo de 2026 con sello de recibido.
- Testimonios de los periodistas asistentes.
- Fotografías y video del estado del lugar y de la falta de mobiliario el 7 de junio.
- Copias de las invitaciones entregadas con acuse.
PETITORIOS:
Primero: Se admita la presente queja e inicie investigación por violación a derechos humanos.
Segundo: Se emita Recomendación al H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl para:
- a) Ofrecer disculpa pública al gremio periodístico.
- b) Garantizar la no repetición mediante protocolo de atención a eventos de prensa.
- c) Capacitar a funcionarios en materia de libertad de expresión.
Tercero: Se dé vista al Órgano Interno de Control municipal por posible responsabilidad administrativa de los servidores públicos involucrados.
PROTESTALOS LO NECESARIO
Nezahualcóyotl, Estado de México, a 8 de junio de 2026



