- Mediante ajustes a la Constitución, el Estado de México armonizó su legislación con la reforma judicial nacional.
- Las principales innovaciones son la elección popular de personas juzgadoras y la creación de órganos de disciplina y administración.
- El dictamen conjuntó tres iniciativas: una de la bancada de morena, otra del PT, y una más autoría conjunta de morena, PT y PVEM. Se incluyeron propuestas de PRI y PAN.
* La persona titular de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia concluirá su encargo el 31 de diciembre de 2024 y habrá un interinato, en este cargo, mediante un proceso de designación que le corresponderá al Tribunal Superior de Justicia.
Toluca de Lerdo, México,10 de diciembre de 2024.- La LXII Legislatura mexiquense aprobó la reforma al Poder Judicial estatal, cuyos principales aspectos son la elección popular de personas magistradas y juzgadoras, así como una restructuración orgánica del Tribunal Superior de Justicia, mediante la creación del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial, en sustitución del actual Consejo de la Judicatura, con lo cual el Estado de México se convierte en la cuarta entidad federativa en armonizar su legislación, de acuerdo con el mandato constitucional nacional.
Las modificaciones a 32 artículos de la Constitución local, la adición de dos más y la derogación de cinco, avaladas por mayoría, a partir de tres iniciativas (una presentada por el grupo parlamentario de morena, otra del PT, y una más de autoría conjunta de morena, PT y PVEM), precisan que los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial realizarán las postulaciones, a través de su respectivo comité de evaluación, cuya función es identificar a los mejores perfiles, una vez agotada la fase de participación pública, abierta, transparente, inclusiva y accesible de aspirantes que cumplan los requisitos.
Los listados serán recibidos por la Legislatura para remitirlos al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), que será responsable de la preparación, organización, desarrollo, supervisión, cómputo, vigilancia y adecuada conclusión del proceso electivo del próximo 1 de junio del 2025. El IEEM realizará los cómputos de la elección, publicará los resultados y entregará las constancias de mayoría, asignando los cargos alternadamente entre mujeres y hombres; declarará la validez de la elección y enviará los resultados al Tribunal Electoral del Estado de México para la resolución de eventuales impugnaciones.
En el proceso electoral del próximo año se elegirá la totalidad de las y los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, así como la mitad de los cargos de magistraturas, mientras que la elección de personas juzgadoras solo será para vacancias, retiros programados por jubilación, prejubilaciones o renuncias voluntarias, pero la renovación de la totalidad de cargos deberá concluir en la elección de 2027. Por lo tanto, quienes sean electos en la extraordinaria del 2025 durarán ocho años y quienes resulten favorecidos, a partir de los comicios ordinarios del 2027, será por un periodo de nueve años.
La persona titular de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia concluirá su encargo el 31 de diciembre de 2024 y habrá un interinato, en este cargo, mediante un proceso de designación que le corresponderá al Tribunal Superior de Justicia. Quien resulte titular de este procedimiento cumplirá esta responsabilidad hasta que entre en funciones la nueva presidencia.
En cuanto al Tribunal de Disciplina Judicial, se define como el órgano con facultades para recibir denuncias, investigar y sancionar a las personas servidoras públicas judiciales que no cumplan con sus deberes de manera ética y legal, el cual tendrá una integración colegiada, conformada por cinco personas electas por la ciudadanía, y cuyo encargo durará seis años, siendo sustituidas de manera escalonada, y sin poder ser electas para un nuevo periodo.
Por otro lado, el Órgano de Administración Judicial, cuyo pleno se conformará por cinco personas con un mandato de seis años, podrá tomar decisiones relacionadas con la administración, vigilancia y carrera judicial.
Con las reformas, cuyo dictamen presentó el diputado Octavio Martínez Vargas (morena), y leyó la legisladora Araceli Casasola Salazar (PRD), también se modifica el régimen de suspensiones en casos de controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad locales, para que no pueda otorgarse la suspensión de normas generales en dichos procesos, así como evitar la impugnación de alguna reforma o adición a la Constitución.
El Estado de México es la cuarta entidad federativa en armonizar su legislación conforme a la reforma judicial nacional, después deTamaulipas, Michoacán y Durango.
Durante la discusión en lo particular, se aprobó la propuesta del diputado Vladimir Hernández Villegas (morena)para ajustar el artículo quinto transitorio, a fin de establecer causales claras para la sustitución de la persona presidenta (renuncia, licencia, enfermedad, muerte o cualquiera que comprometa la implementación de las medidas de transición), ante lo cual la Legislatura, a propuesta de la Jucopo,podrá designar a una personade entre las magistraturas que integran el Pleno del Tribunal Superior de Justicia.
También se avalaron las reservas de los legisladores Alejandro Castro Hernández y Mariano Camacho San Martín, ambos del PRI, para eliminar la obligación de que la renovación corresponda a cada jurisdicción y para que continúe trabajando el Consejo de la Judicatura, hasta la instalación del Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial, en lugar de un órgano de transición.
Al igual que las reservas mencionadas, se aprobaron por unanimidad las propuestas por las parlamentarias Rocío Alexia Dávila Sánchez y Joanna Alejandra Felipe Torres, del PAN, para que sea el Tribunal Superior de Justicia el que designe a la persona presidenta interina de esta institución y garantizar el haber de retiro de personas trabajadoras del Poder Judicial.
La parlamentaria Ruth Salinas Reyes (MC) también reservó los artículos 88 Bis, 89, 91 y el transitorio quinto en materia de acciones de inconstitucionalidad, requisitos de profesionalización,acreditación de título con antigüedad de al menos tres años, experiencia profesional y procedimiento de designación de la persona titular de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia. Sin embargo, las propuestas fueron desechadas.