Recluidos en penales del Edomex… Libertad a Presuntos Culpables por Delitos de Alto Impacto que no Cometieron: Familiares

PRESUNTOS CULPABLES 4
  • Integrantes de “Presunción de Inocencia y Derechos Humanos” presentan ante la mesa de diálogo con representantes del Tribunal Superior de Justicia, 670 casos para ajustarse al beneficio de la “Ley de Amnistía del Estado de México”, ante las fallas de aplicación del sistema acusatorio e incluso por la presunción de fabricación de delitos.

Toluca, México a 18 de Marzo de 2021.- Con la movilización a la Plaza de los Mártires en Toluca, de familiares de internos de los penales del Estado de México, y el representante de la organización “Presunción de Inocencia y Derechos Humanos” (PIDH) José Humbertus Pérez Espinoza, luego de que la LX Legislatura mexiquense aprobó la “Ley de Amnistía del Estado de México” entregaron 670 casos que por su relevancia se encuadran en supuestos de violación de derechos o fallas en la aplicación de algunos de los principales penales del sistema acusatorio, o la plena presunción de fabricación de delitos.

Al arribar al zócalo de la capital mexiquense, reconocen el trabajo de los diputados Max Correa Hernández, Guadalupe Mariana Uribe Bernal, Liliana Gollás y Gerardo Ulloa Pérez por el trabajo realizado para la aprobación de nuevas leyes, reformando marcos normativos, vigilando el presupuesto de egreso, discutiendo en parlamento abierto de la nueva Constitución Local.

“Presunción de Inocencia y Derechos Humanos” , a partir de lo establecido en los artículos 1,7,16 y 18 de la  “Ley de Amnistía del Estado de México”, pusieron al conocimiento de la Comisión Especial de la LX Legislatura, que tiene como base el incumplimiento y la inobservancia del Control de Convencionalidad por parte de los Órganos del Estado de la entidad del Estado de México, por la violación de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad y que son falsos culpables por delitos de Alto Impacto que no cometieron.

José Humbertus Pérez Espinoza presenta casos que por su relevancia, deberá de conocer la Comisión Especial de la LX Legislatura. Porque los titulares de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Órganos Constitucionales como la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) y Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), han incumplido e inobservado el Control de Convencionalidad Difuso y que se define como:

Control de la Convencionalidad:

Es una doctrina jurisprudencial desarrollada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), ha sido recogida en México y reconocida como obligatoria por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

LSCJN en el caso Rosendo Radilla estableció dos puntos:

Primero.- El Control de Convencionalidad es obligatorio para todos los jueces del país, creando un sistema llamado difuso, que no sólo compete a los jueces federales, sino a los jueces de cualquier nivel o instancia, materia, competencia, de territorio, etcétera.

Segundo.- El Control de Convencionalidad se tiene que realizar de manera oficiosa, es decir, que los jueces no tienen que esperar en las partes lo invoquen o lo soliciten, si no que los jueces se tienen que asumir que defienden y aplican la Convención Americana de los Derechos Humanos, y el derecho que integra el Sistema Interamericano de Derechos Humanos al asumir el rol de jueces interamericanos, de jueces garantes a nivel internos y toda normatividad interamericana (Carbonell 2014).

En este orden de ideas, la responsabilidad del Estado es global, que atañe al Estado en su conjunto, por eso es importante las opiniones consultivas de los órganos del Estado que señala el artículo 17 en la materia y que las opiniones consultivas son propias de la Corte IDH, y en conclusión los artículos 16,17 y 18 de la Ley de Amnistía del Estado de México cumple con los estándares de la Convención Americana de Derechos Humanos y de Control de Convencionalidad.

“Presunción de Inocencia y Derechos Humanos” en este acto de protesta, entregaron 670 casos y 27 solicitudes de Amnistía con los siguientes delitos: robo con violencia97, homicidio 69, secuestro 61, violación 34, extorsión 19, delincuencia organizada 5, abuso sexual 4, portación de arma prohibida 3, feminicidio 2, cohecho1, despojo 1, y lesiones 1.

Estos 297 casos se presentan mediante una metodología que parte de la Solicitud de Amnistía, la cual contiene una serie de códigos electrónicos y referenciados por cada una de las personas que solicitan amnistía, la referencia principal es por llevar una base de datos electrónica o base de datos madre.

La base de datos madre contiene la información pormenorizada de cómo se violan derechos con detención arbitraria o ilegales, tortura, tratos crueles e inhumanos, prolongación en la puesta a disposición, en donde agentes aprehensores piden dinero para llevar ante el Ministerio Público a un inocente, fallas en la aplicación de los principios  del Sistema de Justicia Penal Acusatorio como pruebas incompletas e insuficientes para condenar, donde no se garantiza el principio la presunción de inocencia.

Así mismo se condena sin la presencia a juicio de víctimas o testigos, contraviniendo los principios de contradicción e inmediación, así como también se viola en contra de los procesados y acusados el principio de igualdad de partes, por no aceptar y valorar a su favor por su parte de los jueces y no se aplicael principio de la duda razonable a favor del imputado.

En cuanto a la plena presunción de fabricación de delitos se da por la falta de carrera ministerial, policial y pericial, porque en todos los casos que se presentan no existen por parte del Ministerio Público, investigación preliminar y judicialización, el 90 por ciento de los delitos son detenciones en flagrancia que no son otra cosa que detenciones arbitrarias o ilegales.

Las 297 solicitudes de Amnistía son un primer bloque y restando un total de 373, que se presentarán en 2 bloques más. Cabe señalar que “Presunción de Inocencia y Derechos Humanos” realizó un trabajo serio encaminado a luchar por los Falsos Culpables, y honrar el trabajo de los legisladores del Estado de México que expidieron la Ley de Amnistía.

Frida C.


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