Corte Aplaza Discusión de «Ley Chayote» Tras Críticas de Organizaciones Civiles

LEY CHAYOTE
  • La Ley General de Comunicación Social fue impugnada por organizaciones civiles como Fundar y Artículo 19, especializadas en rendición de cuentas y libertad de expresión.

Ciudad de México (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó la discusión y votación del proyecto de sentencia relacionado con la Ley General de Comunicación Social, mejor conocida como “Ley Chayote”, que busca regular la publicidad oficial y la política de comunicación gubernamental que debe regir a nivel federal.

A petición del ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien había presentado un proyecto que proponía declarar la constitucionalidad de la norma publicada por el gobierno del expresidente Enrique Peña Nieto el 11 de mayo de 2018, el plan de resolución fue retirado de la orden del día en la sesión de la Primera Sala de la Corte, sin que exista una nueva fecha para tratar el asunto.

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La Ley General de Comunicación Social fue impugnada por organizaciones civiles como Fundar y Artículo 19, especializadas en rendición de cuentas y libertad de expresión, respectivamente, por considerar que dichas normas “avalan la arbitrariedad y la opacidad en la asignación y el ejercicio de los recursos públicos” destinados a la publicidad oficial, además de promover una censura disfrazada al permitir que el gasto destinado a este rubro se pueda ejercer con intereses de carácter político.

La Ley General de Comunicación Social fue aprobada por el Congreso de la Unión en el último año del sexenio del expresidente Peña Nieto, en cumplimiento de una sentencia de amparo emitida por la propia Corte, en la que se ordenó al Poder Legislativo regular la publicidad oficial para que los recursos destinados a este fin promuevan “la pluralidad mediática y la libertad de expresión”, en lugar de permitir el gasto discrecional.

De acuerdo con Fundar y Artículo 19, la sentencia emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte en el amparo en revisión, con número de expediente 1359/2016, ordenaba regular el párrafo octavo del artículo 134 constitucional en materia de Comunicación Social para que la comunicación del gobierno federal tenga un carácter institucional y fines meramente informativos, educativos o de orientación social, evitando su uso de manera personalizada y con fines políticos.

La sentencia de amparo ordenó al Congreso de la Unión legislar en la materia ante la falta de “criterios claros y objetivos” en la asignación de publicidad oficial, derivado del gasto excesivo que el expresidente Peña destinó a medios de comunicación y periodistas afines, erogando más de 61 mil millones de pesos por este concepto entre diciembre de 2012 y diciembre de 2018.

Sin embargo, a juicio de las organizaciones sociales especializadas, la norma aprobada por el Congreso de la Unión en mayo de 2018 no cumplió con estos fines, puesto que no reguló con suficiencia el gasto destinado a comunicación social y publicidad oficial, por lo que Fundar y Artículo 19 presentaron un nuevo juicio de amparo.

Con estos antecedentes, el ministro González Alcántara Carrancá elaboró un proyecto de sentencia que proponía validar la norma aprobada en mayo de 2018, lo que, a juicio de los quejosos, contraviene la resolución adoptada por la Primera Sala de la Corte en 2017 para tratar de regular la publicidad oficial, transparentar el gasto público en la materia y garantizar la libertad de expresión, evitando la discrecionalidad en el uso de recursos públicos.

De aprobarse el proyecto presentado por el ministro ponente, se mantendría el control político en el ejercicio de la publicidad oficial como sucedía en los gobiernos del Partido Revolucionario Institucional (PRI), estimaron Fundar y Artículo 19 en un comunicado emitido previo a la votación.

“Persistirían las violaciones a la libertad de expresión y el derecho a la información, al no propiciar las condiciones óptimas para un correcto y debido ejercicio periodístico de los distintos medios de comunicación y periodistas que fomente la pluralidad informativa mediante la equitativa, objetiva, transparente, eficiente y efectiva distribución de los recursos en este rubro”, señaló un comunicado emitido el pasado 26 de febrero por decenas de organizaciones civiles que pidieron a la Primera Sala de la Corte rechazar este proyecto de sentencia.

Tras la presión de las organizaciones sociales, finalmente el ministro Juan Luis González Alcántara aceptó retirar su proyecto de sentencia, pero se desconoce si va a presentar uno nuevo y cuándo volverá a discutirse este litigio en una sesión de la Primera Sala de la Corte.

Frida C.


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