- La SCJN atrajo el caso de la huelga en el Nacional Monte de Piedad. Conoce las claves del conflicto laboral y qué pasa con las prendas empeñadas.
Ciudad de México, 25 de agosto (SinEmbargo).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo el recurso de revisión que definirá si la huelga de los trabajadores del Nacional Monte de Piedad es legalmente válida o no.
El paro, que está cada vez más cerca de cumplir un año de su estallido, mantiene cerradas más de 300 sucursales del Monte de Piedad y a varios clientes en la incertidumbre sobre sus bienes empeñados.
Desde entonces, ni la empresa ni los trabajadores han logrado un acuerdo para solucionar sus diferencias relacionadas con el Contrato Colectivo de Trabajo.
Entonces, con el fin de evitar atender las exigencias del sindicato y llegar a una solución, el Monte de Piedad comenzó una batalla legal para declarar ilegal la huelga y obligar el regreso de las operaciones de sus sucursales.
Ahora, quedará en manos de la SCJN si se confirma la nulidad de la huelga o se reconoce legalmente el movimiento, sentando un precedente judicial decisivo en materia de derechos laborales.
La huelga comenzó el 1 de octubre de 2025, después de semanas de pláticas entre el sindicato y la administración del Nacional Monte de Piedad sin lograr resolver sus diferencias sobre las modificaciones al Contrato Colectivo de Trabajo.
La parte patronal argumenta que las cláusulas laborales vigentes generan costos operativos insostenibles que amenazan con llevar a la quiebra al instituto.
Mientras que los trabajadores denuncian violaciones sistemáticas a sus derechos, presuntos actos de acoso institucional y la intención patronal de alterar unilateralmente la asignación de plazas, esquemas de jornadas y prestaciones contractuales.
Aunque la Secretaría del Trabajo y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral intentaron mediar mediante mesas de diálogo y propuestas salariales, las partes no alcanzaron consensos.
Ante la falta de acuerdos, estalló la huelga. De acuerdo con el sindicato, el paro tuvo un respaldo del 75.3 por ciento de los trabajadores.Desde entonces, las banderas rojinegras permanecen colocadas en las sucursales y la operación ordinaria de la casa de empeño quedó interrumpida.
La batalla legal del Monte de Piedad
A los pocos meses de haber estallado la huelga, la administración del Nacional Monte de Piedad comenzó la batalla legal para invalidar el conflicto laboral con el sindicato.
La estrategia inició promoviendo un recurso para declarar la huelga como inexistente argumentando que el sindicato incumplió con los requisitos estatutarios internos durante la convocatoria del movimiento. En febrero de 2026, un juez de Distrito en Materia de Trabajo falló a favor del Nacional Monte de Piedad.
Inconforme con la resolución, impugnó la decisión del jugador. Entonces, el caso llegó hasta un tribunal colegiado que, en lugar de resolver directamente el recurso, remitió el asunto a la Suprema Corte para que determinara si ejercía su facultad de atracción argumentando que el asunto revestía un interés superior y un impacto social trascendente.
La SCJN determinó revisar el recurso ejerciendo su facultad de atracción por mayoría de votos, la única ministra que votó en contra de que se atrajera el expediente fue Loretta Ortiz.
Será ahora el máximo tribunal del país el que decidirá si la huelga de los trabajadores del Monte de Piedad es legal y la lucha sindical seguirá o si es ilegal y las sucursales tienen que abrir nuevamente.
¿Qué pasa con los bienes empeñados durante la huelga?
Con las sucursales cerradas, el conflicto también generó incertidumbre para los clientes que tenían artículos empeñados, contratos vigentes o pagos pendientes.
De acuerdo con la información publicada por el propio Nacional Monte de Piedad, los artículos permanecen bajo resguardo y la institución señala que su cuidado y protección están garantizados durante el conflicto. Además, eliminó la comisión por resguardo durante la huelga.
Para quienes ya liquidaron sus empeños, el Monte de Piedad señala que los contratos quedan concluidos y que las prendas podrán recuperarse una vez que termine la huelga.
La institución también informó que amplió las fechas de comercialización de determinadas prendas para dar más tiempo a los clientes para regularizar sus pagos.
El escenario, por tanto, no implica que los bienes empeñados puedan recogerse normalmente mientras las sucursales permanezcan cerradas. La situación concreta depende del contrato y del estado de cada empeño, por lo que los clientes deben conservar sus comprobantes y consultar los mecanismos establecidos por la institución.




