
- Daniel Camargo queda exonerado
Por Ana Valeria Castro
Toluca, México a 28 de Enero de 2026.- En una sesión pública clave, el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) dictó sentencia respecto a las denuncias de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMG) interpuestas por la primera síndica de Tlalnepantla de Baz, derivando en sanciones directas para un comunicador nacional.
El pleno del Tribunal aprobó por unanimidad la existencia de infracciones atribuidas a Jorge Roberto Avilés Vázquez, mejor conocido como «Cayo de Hacha», según la resolución del procedimiento especial sancionador PES/51/2025, las expresiones del comunicador incurrieron en violencia simbólica, psicológica y digital.
El Tribunal determinó que los comentarios de Avilés Vázquez excedieron la libertad de expresión, no se limitaron a la labor pública de la funcionaria, sino que invadieron su vida íntima; así como uso indebido del humor, puesto que se estableció que la ironía o burla no tienen cabida cuando se utilizan para atacar la dignidad de una servidora pública por su condición de género.
Las sanciones impuestas incluyen la amonestación pública; la inscripción en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en materia de VPMG por un periodo de cuatro años, y la implementación de medidas de reparación integral y garantías de no repetición.
En el mismo expediente, el Tribunal declaró la inexistencia de la infracción por parte de Vicente Daniel Camargo Hernández, director del medio digital Cuestión de Polémica, tras un análisis contextual, los magistrados determinaron que sus publicaciones no reunieron los elementos necesarios para configurar violencia de género de acuerdo con la jurisprudencia vigente.
Por otra parte, en la misma sesión y en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Toluca, el TEEM rechazó por mayoría de votos (con el voto en contra de la magistrada ponente Martha Patricia Tovar el proyecto que buscaba sancionar a integrantes del Ayuntamiento de Teoloyucan por supuesta violencia política contra la sexta regidora, Xiadani Baños Camacho. El pleno determinó que no hubo obstrucción del cargo, ya que la regidora pudo expresarse durante toda la sesión de cabildo.
De igual manera se declaró la existencia de violencia política, aunque no por razón de género, en contra de regidoras del Ayuntamiento de Capulhuac y se ordenó dar vista a la Contraloría del Poder Legislativo para que determine las sanciones correspondientes contra la presidenta municipal con licencia, Selene Hernández Herrera.
El Tribunal revocó el desecho de una impugnación de Armando Valdez Porras, candidato a la dirigencia municipal del PAN en Atlacomulco, por ende, se ordenó a la Comisión de Justicia del partido resolver el fondo del asunto, favoreciendo el derecho a la justicia del actor.
Y se desechó por incompetencia el juicio promovido por Daniel José María Cid, quien impugnaba su remoción como presidente de un comité de agua en Jocotitlán. El Tribunal aclaró que estos comités no son de naturaleza electoral, sino administrativa municipal.
Finalmente, se declararon inexistentes las quejas contra la diputada Krishna Karina Romero Velázquez por presunta promoción personalizada en un evento escolar y determinó que su asistencia fue de carácter institucional y no se vulneraron las reglas de propaganda ni el interés superior de la niñez.




