
- Con 76 votos a favor y 39 en contra en lo general, y 70 a favor y 39 en contra en lo particular, el Senado de la República aprobó el dictamen con el que se busca reformar la Ley de Amparo. Durante la sesión fue incluido un transitorio a la propuesta enviada por la Presidenta, mismo que la volvería retroactiva, lo cual fue cuestionado por Claudia Sheinbaum en su conferencia matutina.
Ciudad de México, 2 de octubre (SinEmbargo).- En una sesión marcada por un intenso debate y divisiones partidistas, el Senado de la República avaló la madrugada de hoy, en lo general y lo particular, el dictamen que reforma la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Después de la aprobación, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo (CSP) rechazó el ajuste que se realizó a su iniciativa con el propósito de hacerla retroactiva.
La votación de la reforma impulsada por la mayoría de Morena y sus aliados, pero rechazada por la oposición, que la ha señalado de limitar el acceso a la justicia e ir en contra de derechos humanos, resultó en 76 votos a favor y 39 en contra en lo general, mientras que en lo particular terminó por aprobarse con 70 votos a favor y 39 en contra.
La iniciativa, enviada por la Presidenta Claudia Sheinbaum como parte de su paquete de reformas judiciales, busca agilizar los procesos de amparo para evitar su uso como herramienta dilatoria en casos fiscales y administrativos. Tras audiencias públicas el 29 y 30 de septiembre, las comisiones de Justicia, Hacienda y Crédito Público, y Estudios Legislativos incorporaron ajustes al texto original, avalado previamente en comisiones.
Entre los cambios clave destaca la digitalización de trámites judiciales, que promete reducir tiempos y costos para los justiciables. Se amplía de 60 a 90 días naturales el plazo máximo para dictar sentencia en juicios de amparo indirecto, alineándose con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Asimismo, se redefine el concepto de «interés legítimo» para incluir tanto daños individuales como colectivos, sin requerir que la lesión sea actual o el beneficio directo, lo que amplía el acceso al recurso para proteger derechos colectivos.
Otro ajuste relevante es la protección al «mínimo vital»: en casos de bloqueo de cuentas bancarias por deudas fiscales, los afectados podrán disponer de recursos para cubrir necesidades básicas como alimentación y salud. El dictamen también suprime propuestas iniciales de nuevas sanciones penales o administrativas contra autoridades que incumplan sentencias de amparo, manteniendo el marco vigente para no debilitar los mecanismos de cumplimiento.
Dichas regulaciones aplicarán tanto a nuevos juicios como a los que se encuentren en trámite una vez publicada la Ley en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Durante la discusión en el Senado, fue aprobada una reserva presentada por Manuel Huerta Ladrón de Guevara, legislador de Morena, que planteó la inclusión del siguiente texto en el primer transitorio
“Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este Decreto”.
Por parte de la oposición, la Senadora del Partido Acción Nacional (PAN), Verónica Rodríguez Hernández, criticó la propuesta de Ladrón de Guevara al señalar que, con ésta, Morena sólo busca defender su movimiento, sin pensar «en el pueblo». La legisladora afirmó que el mensaje era claro: «Menos defensa para las personas y más manos libres para la autoridad».
Del mismo modo, Carolina Viggiano Austria, Senadora del Partido Revolucionario Institucional (PRI), se posicionó en contra de la reserva del morenista, pues, dijo, la ciudadanía tiene derecho a que su caso sea resuelto bajo las reglas que están vigentes, mismas que, si llegan a cambiarse, despojarían a los justiciables de garantías.
Luego de la aprobación del dictamen de reforma por parte del Senado, se envió a la Cámara de Diputados para su debida discusión y votación.
Sheinbaum rechaza retroactividad de reforma
Durante su conferencia matutina de hoy, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo (CSP) fue cuestionada sobre el ajuste que se hizo en el Senado a su propuesta de reforma a la Ley de Amparo para que ésta sea retroactiva, ante lo cual cuestionó la decisión y señaló que debe hacerse una revisión del tema.
Al preguntársele si respaldaba el cambio hecho al dictamen por las y los senadores, la mandataria federal respondió que debe respetarse la Constitución, en donde se establece que no puede haber retroactividad en las leyes «a menos que uno cambie la Constitución».
Sheinbaum Pardo indicó que debe aclararse la decisión de haber incorporado el transitorio en el cual se determina que, una vez aprobada la Ley, «lo nuevo ya tiene que ir con ese decreto». «Desde mi punto de vista no era necesario poner ese transitorio porque si es a partir de que se emite la Ley, lo nuevo ya entra con la nueva Ley», añadió.
Desde Palacio Nacional, Sheinbaum también añadió que son tres las principales modificaciones que se harán a la Ley: reducir los tiempos en la aplicación de justicia, evitar la suspensión de cuentas congeladas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) e impedir que resoluciones de la Corte sean suspendidas por medio de amparos.
En el primer caso, la Jefa del Ejecutivo explicó que la reforma tiene como objetivo acelerar la resolución de los casos, «en particular los casos comerciales o los casos de deudas fiscales».
Sobre el punto de la suspensión de congelamiento a cuentas por parte de la UIF, la Presidenta mencionó que actualmente, por una jurisprudencia, se permite a las personas investigadas que puedan solicitar una suspensión a ese acto de autoridad. «Los jueces, casi automáticamente, les dan la suspensión. ¿Qué es lo que pasa? Vacían la cuenta en ese instante, entonces sigue el amparo, pero la cuenta ya tiene un peso […] ¿Qué es lo que dice la nueva Ley? Que no procede la suspensión, sino que, hasta que se resuelve el amparo, ya se verá si, en efecto, hay lavado de dinero o no. […] En el momento que se resuelva el amparo, que ya va a ser muy rápido, pues entonces o se le regresa el recurso a la persona o sigue la investigación con la cuenta congelada», apuntó.
Finalmente, respecto a las resoluciones de la Corte, la doctora precisó que «en la actual Ley de Amparo, cuando se va a aplicar la resolución, el privado se puede volver a amparar» y pueden pasar muchos años para que haya otra resolución. «Lo que dice la nueva Ley es que cuando hay la aplicación de una resolución de una Corte, no puede haber suspensión inmediata, sino que la suspensión viene hacia el proceso final y, si otorga la suspensión un Juez, [el privado] tiene que depositar en garantía lo que debe al fisco», concluyó.



