Opinión
Por Humberto Luna Marín*
Antes de entrar en materia quiero aclarar que este ejercicio, lo hago como un aficionado al derecho, en particular del área laboral con una visión empírica de más de treinta años y, como un apasionado de la política de más de cuarenta años de militancia en la izquierda social; es decir que no soy un teórico sino un activista.
Hecha la aclaración abordemos el tema que nos ocupa con una breve reseña de nuestra historia contemporánea, tomando como punto de partida el año de 1992, que es cuando se inicia el período neoliberal, es decir el gobierno de Miguel De la Madrid Hurtado; según datos del INEGI; De la Madrid recibió el gobierno con 1,555 empresas propiedad del Estado, las cuales se distribuían de la siguiente manera: 724 de participación estatal mayoritaria, 75 de participación minoritaria, 103 organismos descentralizados y 223 fideicomisos.
Ahora pasemos a las reformas constitucionales para más adelante retomar el tema anterior. Durante el primer año del gobierno de Miguel De la Madrid se reformaron 16 artículos constitucionales, el segundo año 9, el Artículo 4º se reformó dos veces, el Artículo 25 relativo a la rectoría económica del Estado se reformó en el citado segundo año de gobierno, en 1985 se reformaron 2, en 1986 se reformaron 12, en 1987 se reformaron 6, en total se reformaron 47 artículos constitucionales sin contar los transitorios, además un cúmulo de leyes secundarias.
Durante el gobierno de Carlos Salinas de Gortari se reformaron un total de 57 artículos constitucionales, entre ellos el 27 relativo a la propiedad de la tierra y por supuesto una gran cantidad de leyes secundarias.
Con la administración de Ernesto Zedillo se reformaron 75 artículos constitucionales, entre ellos el 105 y el 107 y nuevamente el 25; además removió a los ministros de la Suprema Corte y redujo el Número de integrantes.
En la administración de Vicente Fox se reformaron 30 artículos de la Carta Magna.
En el gobierno de Felipe Calderón la cantidad de artículos constitucionales reformados ascendió a 106.
Mientras que en la administración de Enrique Peña Nieto, con la cual cerraríamos el ciclo del período neoliberal, el total de reformas constitucionales alcanzó la cantidad record de 163 (cabe aclarar que la Constitución cuenta con 136 artículos, más 17 transitorios), esto se explica porque en su gobierno como en los demás hubo artículos que se reformaron en más de una ocasión. Cabe señalar el afán de Peña por las reformas estructurales.
Por lo que toca al gobierno de la Cuarta Transformación y que, entre otros objetivos tiene el de recuperar la rectoría económica del Estado y la soberanía del mismo, se reformaron 95 artículos constitucionales, un número importante de reformas, aunque insuficientes para el proyecto. (toda la información fue tomada de la página oficial de la Cámara de Diputados)
Como podemos ver y constatar la Constitución Política es definitivamente reformable ya sea parcial o totalmente dependiendo de los tiempos políticos y de la política económica, tal como sucedió en el largo período neoliberal, en el cual los gobiernos mexicanos adoptaron al pie de la letra y más, los mandatos del Consenso de Washington, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, cuyo credo fue la renuncia del Estado a la rectoría de la política económica, para que las fuerzas del mercado crearan riqueza y la distribuyeran. Para ello un requisito fundamental fue la privatización de las empresas paraestatales y a final de cuentas todo lo que se pudiera y quisiera privatizar, así como el control de la inflación con medidas como la contención de los salarios y los despidos masivos, así como el despojo de derechos adquiridos.
Como consecuencia se privatizaron bancos ferrocarriles, teléfonos, aeropuertos, autopistas, Aeroméxico, Mexicana de Aviación, Imevisión, empresas mineras, armadoras de trenes, el sistema satelital, telecomunicaciones, concesiones mineras, concesiones de agua, así como muchas empresas más; además se hizo todo lo posible por desmantelar a las instituciones de seguridad social, así como a Pemex y la Comisión Federal de Electricidad.
Esta cadena de hechos trajo como consecuencia la creación de nuevas fortunas, al grado de que según la revista Forbes en 1987, solamente la familia Garza Sada se ubicaba en el ranking de los multimillonarios a nivel internacional, con un capital de más de 2 mil millones de dólares. Mientras que a partir de Carlos Salinas y subsecuentes la lista llegó a 24 familias, de las cuales, la mayoría están marcadas por la sombra de la corrupción
Mientras tanto los trabajadores perdían sus empleos y los menos perjudicados vieron disminuir su poder adquisitivo. Con Miguel De la Madrid se registró el mayor número de huelgas en los últimos 50 años, debido a los topes salariales.
Carlos Salinas dispuso de los recursos de los fondos de vivienda del INFONAVIT y el FOVISSSTE, acumulados durante 20 años, así como del fondo de contingencia del Seguro Social y por supuesto continuó con la imposición de los topes salariales. Por otra parte removió a 14 gobernadores electos por la vía de las urnas.
En la administración de Ernesto Zedillo se reformó la Ley del IMSS, para imponer el sistema de cuentas individuales, importado de Chile donde se aplicó a punta de bayoneta a la clase trabajadora chilena, en el año de 1980, mientras que Zedillo lo llevó a cabo en 1997 con la complicidad del sindicalismo oficial, esta medida dejó prácticamente sin pensiones a la generación de la Ley 1997, Zedillo también impuso el FOBAPROA que hasta ahora ha costado un billón 813 mil millones de pesos; también vendió parte de los ferrocarriles a una empresa estadounidense en la cual hoy cobra.
Vicente Fox privatizó el sector energético y Mexicana de Aviación, amén de otorgar concesiones mineras, en el INFONAVIT impuso los créditos cofinanciados, con lo cual violó el Articulo 123 y la Ley del instituto, pero además con los intereses más altos que la banca privada, continuó con los topes salariales con la vieja mentira de que incrementar los salarios generaba inflación, vendió parte de la cartera vencida del INFONAVIT a sus hijastros.
Felipe Calderón uno de los presidentes que mayor desprecio ha tenido por los trabajadores, abrogó la Ley del ISSSTE con lo cual despojó de derechos a los trabajadores al servicio del Estado; negó la devolución de las subcuentas del SAR a las personas trabajadoras que se jubilaban en su sexenio; cerró Luz y Fuerza mandando a la calle a sus trabajadores y dejando en el desamparo a miles de familias; adicionó un artículo a la Ley del SAR para que las y los trabajadores pagaran las minusvalías en lugar de las Afores, lo cual ha costado cientos de miles de millones de pesos de los fondos de pensiones, continuó con la política de vivienda de Fox, de tal manera que tanto los créditos del INFONAVIT como los del FOVISSSTE se volvieron impagables.
Con Peña Nieto se reforma la Ley Federal del Trabajo para facilitar y abaratar los despidos laborales en perjuicio de los trabajadores; aprueba la reforma educativa con la finalidad de despedir a los docentes y despojarlos de sus derechos; con Peña se alcanzaron las minusvalías más cuantiosas en la historia de las Afores; con Peña Nieto México alcanzó el lugar 16 de la OCDE en materia de salarios; Con Peña Nieto se privatizan Pemex y Comisión Federal de Electricidad y se denominaron “empresas productivas”, para dar acceso a empresas privadas.
Durante la larga noche neoliberal hubo contadas luchas sociales en las que algunos participamos como asesores en la parte legal, como los amparos contra la reforma a la Ley del ISSSTE y contra la reforma educativa, donde la Suprema Corte resolvió en el primer caso, que la reforma no causaba perjuicio, aun cuando es privativa de derechos adquiridos, en el segundo caso alegó, que no se concedía el amparo puesto que los derechos de los menores son preferentes a los de los docentes, aunque no existía ninguna controversia al respecto; un tercer caso de la Suprema Corte contra los trabajadores, fue la aprobación de la UMA en materia de pensiones incluso de manera retroactiva.
Resulta paradójico que se aprobaran reformas en materia de derechos humanos por un lado, mientras por el otro se despojaba de derechos a los trabajadores y que ningún organismo de derechos humanos se haya manifestado en defensa de los derechos económicos.Sin embargo en los casos de obras de infraestructura como el Tren Maya y la refinería de Dos Bocas, entre otros proyectos, los amparos presentados por seudoecologistas y ambientalistas citadinos, ajenos a la vida de los habitantes del sureste olvidado durante los últimos 200 años, jueces, magistrados y ministros les concedieron sendos amparos. Así mismo se aceptó la controversia constitucional contra la reforma eléctrica y la reforma político electoral.
Esto trajo como consecuencia la implementación del llamado plan “c” consistente en ganar la mayoría del Congreso de la Unión, para poder implementar las reformas pendientes y continuar con el proyecto de la 4T. Para mayor comprensión de dicho proyecto se recomienda leer el trabajo de Miguel Ángel Rivera y Benjamín Lujambo “La Cuarta Transformación en Perspectiva”.-Desarrollismo y Vía de Desarrollo, ¿Crecimiento o Crisis?.
En cuanto a la discusión de la reforma al Poder Judicial, tanto en el fondo como en la forma, los puristas del derecho consideran algunas leyes como inmutables y aspectos como la elección de los jueces por medio del voto popular como una práctica ultraliberal.
Ante estos argumentos aparentemente consistentes podemos decir que, existen contextos históricos, políticos y sociales, en los cuales ciertos postulados aportan beneficios para la sociedad, pero no se debe confundir lo histórico con lo eterno.
Kelsen planteaba “Que el marxismo leninismo era incapaz de captar el sentido normativo del derecho”.
Por su parte Gramsci en la Política y el Estado Moderno (traducción de Jordi Solé, 1971) dice “ Los criterios con los que el derecho y la ciencia política estudian una misma materia son totalmente diversos. Las materias del orden jurídico y el orden político difieren. Mientras que la primera observa al organismo público como algo estático, como el producto de una evolución histórica; la segunda observa a este mismo organismo desde un punto de vista dinámico con méritos y defectos, que pueden modificarse de acuerdo a las exigencias” (sic). “El Estado no puede tener límites en los derechos públicos subjetivos. El derecho positivo no puede ser un límite para el Estado, porque éste puede modificarlo en cualquier momento ante nuevas exigencias sociales” (sic).
Carlos Marx en uno de sus célebres planteamientos de su legado, declara: “El conjunto de las relaciones de producción constituye la estructura económica de la sociedad, la base real sobre la cual se eleva una superestructura jurídica y política y a la que corresponden formas determinadas de conciencia…” (Contribución a la Crítica de la Economía Política, prólogo, Ediciones Quinto Sol 1978).
Con este planteamiento coinciden economistas no marxistas y con posiciones diametralmente opuestas como Keynes y Hayek, en cuanto al papel del Estado en su carácter rector de la política económica.
Para Federico Engels tanto el derecho como la religión carecen de una historia que les sea propia (Engels.- La Ideología Alemana).
Estas referencias resultan pertinentes porque gran parte del debate en torno a la reforma al Poder Judicial se ha constreñido al terreno meramente legal. Como si el derecho fuera una ciencia por encima de las demás y, haciendo caso omiso del papel de los ministros en una alianza abierta con la derecha y la ultraderecha. Con ello la Suprema Corte abandonó su papel de neutralidad e incursionó en los terrenos de la política y la ideología, que subyacían en cada ministra y ministro. Asumiendo además de facto facultades supraconstitucionales, para ubicarse por encima de los otros dos poderes. Esto sin mencionar la larga lista de actos de corrupción y privilegios con una visión patrimonialista. Y recordar que la experiencia cotidiana nos muestra que en nuestro país solo tienen acceso a la justicia, aquellos que cuentan con poder económico o político.
Acabamos de presenciar los intentos de un grupo de ministros de rechazar las reformas constitucionales contradiciendo la letra del Artículo 61, fracción I de la Ley de Amparo, relativo a la improcedencia del juicio de amparo. Así como también a lo expuesto y desarrollado en el volumen 2 de la Serie Estudios Introductorios sobre el Juicio de Amparo, cuya presentación corrió a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales, primera edición 2017. De manera que la reforma en cuestión se llevará a cabo tal y como estaba prevista.
Sin embargo es menester señalar algunas preocupaciones que consideramos auténticas y compartidas por muchos litigantes, como: la concentración o control de los tres poderes en la figura presidencial, ante ello los obstáculos que se presentarían al demandar en diferentes instancias y ramas a las dependencias del Gobierno Federal, cabe señalar que hoy mismo se encuentran sin cumplimiento de ejecución en las juntas de conciliación federales varios casos de laudos firmes ; por otra parte podríamos tener la falta de profesionalización de los juzgadores; aunado a ello la falta de presupuesto que es una de las causas del retraso de los juicios.
En cuanto al Comité de Evaluación existen dudas y desconfianza, toda vez que la clase política nacional está plagada de personajes de dudosa reputación, fenómeno al cual Morena no escapa del todo.
En materia penal la Fiscalía General de la República ha dejado mucho que desear y ha quedado a deber por su inoperancia, para calificarla con respeto. En cuanto a las irregularidades tanto de ministerios públicos como de jueces, siguen siendo el pan de cada día.
Existen otras preocupaciones y reclamos del gremio de abogados, sin embargo se deben más a los intereses y complicidades establecidos con los encargados de la procuración y administración de justicia, que a la exigencia de la debida aplicación de las leyes y el estado de derecho.
Finalmente después de la intentona del grupo de ministros y la suspensión de labores ilegal de los trabajadores del Poder Judicial Federal, el proceso de elección de los juzgadores va.
Sin embargo a pesar de ser éste un hecho inédito desde los tiempos de Benito Juárez, la renovación de jueces por esta vía puede disminuir los niveles de corrupción, más no resulta en si mismo, una garantía de aplicación de justicia, puesto que ya vimos que en un período de 36 años, se reformaron tanto la Constitución como las leyes en favor de una reducida élite y en perjuicio de la clase trabajadora que constituye la mayoría de la sociedad.
Por lo tanto el siguiente paso consiste en reformar todas las leyes que se puedan, para que estén elaboradas con un espíritu de justicia, aunque para ello es indispensable que la sociedad se organice, proponga y participe, porque los grupos de poder no van a renunciar a sus privilegios, es más ni siquiera aceptan cumplir aquellas leyes que se elaboraron para favorecerlos.
Vale la pena mencionar algunos ejemplos de leyes que deben ser reformadas: la ley en materia agraria, cuyos tribunales competentes tienen asuntos de más de 50 años sin resolverse; casos parecidos encontramos en los juicios intestamentarios que duran años sin resolverse. Recientemente se aprobó la reforma a la Ley Federal del Trabajo, en la cual se incorporó un plazo de seis meses para la resolución de los juicios individuales en los juzgados laborales, pero en la práctica nos encontramos con jueces que están en la curva de aprendizaje y por otra parte se quejan de las altas cargas de trabajo, por lo cual se ven impedidos a cumplir con los plazos legales; de manera que se requiere de la creación de más juzgados laborales, así como la debida preparación del personal que los integre. Como un mero ejercicio para discutir, nos permitimos proponer una reforma para que en todos los juicios o demandas donde intervengan personas de la tercera edad se resuelvan en un plazo fatal de un año, con le fin de que la justicia sea pronta y efectiva.
Para concluir queremos plantear que las reformas al poder judicial, deben aplicarse en todos los estados de la república, ya que los tribunales de justicia y las fiscalías locales están podridas desde su raíz. Por lo cual los gobernadores y gobernadoras morenistas deben emprender acciones y dar resultados a la brevedad. Tenemos el caso del Estado de México, donde las leyes presentan un atraso en relación a la Ciudad de México de 70 años o más y donde los criterios usos y costumbres para litigar difieren con los de otras entidades federativas. Es urgente que se inicie una serie de reformas en el EDOMEX, así como en los demás estados del país.
* Asesor laboral y jurídico
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