Carta Abierta: es Impostergable la Ley Nacional de Prevención Contra Agresiones a Periodistas

Miradas de Reportero

 

Por Rogelio Hernández López

A todas las personas legisladoras de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión; a las personas responsables de la Secretaría de Gobernación, de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, de su Unidad de Derechos Humanosy del Mecanismo de Protección a Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas del Poder Ejecutivo Federal.

En todas y todos ustedes reside la responsabilidad de dictar medidas urgentes para reducir los altos riesgos que tienen, en lo inmediato, las personas defensoras de los derechos humanos y periodistas pero también de iniciar, ahora sí, un proceso que enfrente las causas estructurales y de fondo que comiencen a frenar este prolongado y letal ciclo de asesinatos y otras violencias contra estas actividades tan indispensables como invaluables.

El futuro inmediato delas actividades cotidianas de personas periodistas y defensores de los derechos humanos más frágiles se hace mayormente nebuloso ante el proceso electoral actual por su insidiosa polarización, pero también por la violencia mortífera de los grupos de la delincuencia organizada en varias regiones y ciudades de la nación.

El medio ambiente para ejercer el periodismo en México y la defensa de los derechos de la población ha sido, por décadas, extremadamente hostil, especialmente para mujeres y hombres con menos fortalezas profesionales, laborales, sociales, de seguridad y gremiales. Tan solo en los días recientes, colegas reporteros muy vulnerables de Chilpancingo, Taxco y Apatzingán, padecieron agresiones letales contra su integridad.

Para lo urgente

Se han hecho varias propuestas para implementar un programa de alcance nacional de alerta temprana y reacción rápida ante amenazas o agravios durante el proceso electoral; un programa que fomente la integración de una red de redes de autoprotección de periodistas vinculado operativamente con las fuerzas de seguridad pública y una acción similar para personas defensoras de los derechos humanos.

Para lo estructural.

Crear un andamiaje jurídico que termine de reforzar al actual Mecanismo de Protección a Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas de la Secretaría de Gobernación que ha logrado salvar vidas pero ya es insuficiente.

En noviembre, el mecanismo federal cumplió 12 años de existencia y sus responsables han reconocido sus insuficiencias y que ha sido rebasado, sobre todo porque la ley federal que lo creo no le autorizó para dictar políticas públicas de previsión y prevención de alcance nacional ni para lograr la coordinación con los gobiernos estatales y municipales donde ocurren los agravios contra personas periodistas y defensores de los derechos humanos.

Para contrarrestar la limitaciones del mecanismo federal, en abril de 2022 la Secretaría de Gobernación presentó una iniciativa al Congreso de la Unión para reformar la Constitución, con la que se facultaría al mismo congreso federal a expedir una ley general (nacional) de protección ante agresiones a personas defensoras de derechos humanos y periodistas.

Dicha iniciativa fue aprobada por la comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados el 25 de enero de 2023 y la turnó a la Junta de Coordinación Política para que la considerara prioritaria. Pero fue congelada la reforma constitucional y con ello la eventual ley general.

Para perfilar esa ley nacional, la Unidad de Derechos Humanos de la Segob realizó una decena de foros públicos de consulta en regiones del país. Y tras ellos se resumió que la nueva ley fomentaría un andamiaje jurídico complementario que no existe; crearía un sistema nacional de protección con un acentuado carácter preventivo; convertiría al Mecanismo en un centro de coordinación nacional de políticas públicas y obligaría a gobiernos estatales y municipales a sumarse a ese sistema nacional con instrumentos ejecutivos y políticas públicas propias.

Esos cambios legislativos ya no pueden postergarse

Para periodistas

Las y los periodistas profesionales en promedio nacional son el eslabón más débil del proceso informativo porque tienen los más altos riesgos, por la precariedad de salarios y prestaciones sociales, por debilidades en la formación y práctica profesional y débiles organismos gremiales entre otras cosas. La mayor parte de las agresiones y crímenes son contra los más vulnerables y afectan a los derechos de información y de expresión de los sectores sociales a los que deben atender.

Para esa ley y el andamiaje jurídico que provocaríase han hecho varias propuestas en foros públicos y en diversos documentos con un enfoque de atención al periodismo de responsabilidad social.Aquí se reproducen algunos de los mínimos propuestos para ese andamiaje desde este enfoque:

PRIMERO.- Adicionar los artículos 1, 6 y 7 de la Constitución Política, para reconocer a las actividades de defensa de los derechos humanos y el ejercicio del periodismo como de interés público y establecer la obligación del Estado Mexicano en todo el territorio nacional de reconocer su trascendente servicio social para las relaciones democráticas y así establecer la obligación de todos los niveles de gobierno para protegerlas y auspiciarlas.

SEGUNDO.- En la ley General (nacional) de Prevención Integral…

  1. a) Debe ampliarse la definición de periodista, distinguiendo a las personas físicas que hacen labor esencial de conseguir información y con funciones distintas a las empresas de comunicación (que difunden), de los colaboradores periodísticos (que analizan) y otros usuarios de la libertad de expresión (que opinan) en todo tipo de medios y plataformas. Todos con derecho a ser protegidos, de acuerdo con sus niveles de aportación y riesgos.
  2. b) Garantizar la construcción de un sistema nacional de prevención y protección integral bajo la rectoría de un nuevo y distinto Mecanismo, este de coordinación de todos los niveles de gobierno dentro de la Secretaría de Gobernación.
  3. c) Acentuar lo realmente preventivo para poder perfilar obligaciones precisas a otras entidades del sector público federal, a los gobiernos estatales y municipales para proteger y aplicar políticas públicas verdaderamente previsoras y preventivas, como no lo han hecho durante más de una década de la ley vigente. Y, por supuesto, fijar sanciones o castigos cuando se encuentren culpas de omisión o de actuación.
  4. d) Fijar objetivos para crear políticas públicas que reduzcan la vulnerabilidad de estas poblaciones, les reconozcan en los hechos como sujetos capaces de autoprotección y les ayuden a adquirir fortalezas tanto sociales como profesionales para mejor desempeño de sus actividades.
  5. e) Para las personas periodistas profesionales se hace indispensable establecer, desde esa ley el reconocimiento de al menos 14 derechos profesionales que garanticen el libre flujo de la información de interés público, entre otros el secreto profesional, de libertad de conciencia, de autor, respaldo empresarial y público para capacitación continua, etcétera.
  6. f) Entre los objetivos de la prevención verdadera esa ley nacional debería hacer que la Secretaría de Educación perfile, por ley, políticas públicas y programas que involucren a universidades, empresas de medios y periodistas para la actualización profesional continua y fortalecimiento de capacidades profesionales.
  7. g) Y contra la precariedad para ejercer también se debe encausar a la secretarías del Trabajo y de Economía a que fijen medidas legales para garantizar derechos laborales (en el apartado de trabajos especializados, como empleados o prestadores de servicios) así como facilidades para la institucionalización de empresas pequeñas de servicios informativos, de carácter no lucrativo y autorreguladas deontológicamente.
  8. h) Contra la impunidad. Promover desde la ley general reformas al Código Penal Federal, el Código Nacional de Procedimientos Penales y a la Ley Orgánica de la FGR para que se consideren delitos graves todos los agravios cometidospor cualquier persona física, moral o servidores públicos contra alguna persona periodista o instalación de prensa, que dolosamente afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o de prensa.

Son estos, nueve criterios mínimos para una nueva ley nacional y reformas de otras.

Estas y otras propuestas que surjan ayudarían a transformar definitivamente el medio ambiente demasiado hostil que empeoró desde el año 2000 contra esta actividad de alto interés público; un eco ambiente que seguirá empeorando si todas las personas sensibles de los poderes legislativo y ejecutivo federales no atienden lo urgente y siguen negándose a mirar lo estructural, las causas de fondo, que una ley general podría comenzar a enfrentar. Ese comienzo, cada día es más impostergable. Mirada de reportero.

rogeliohl@yahoo.com.mx

rogeliohl111@gmail.com

Carlos H.


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