“Objetores” del Sector Salud protestan y Agregan Complejidad al Debate Sobre Aborto

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• Mientras el máximo Tribunal del país, luego de sus históricas decisiones sobre el aborto, se prepara para resolver definitivamente sobre los alcances que tendrá la objeción de conciencia, una parte del sector salud que se declara “provida” ha llevado sus protestas a redes sociales y a las calles.

Ciudad de México, 14 de septiembre (SinEmbargo).– La discusión en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que esta semana reconoció que la objeción de conciencia del personal médico es constitucional, pero advirtió que tiene límites que impidan discriminar a mujeres y minorías, le añade una capa más de complejidad y polémica al debate sobre los derechos reproductivos en el país, particularmente el aborto, entre los principales involucrados: las personas del sector salud.

Una parte de ellos han llevado sus protestas a las calles. Este lunes, en la Ciudad de México, los grupos “provida” salieron a manifestarse en contra de las decisiones que ha tomado la Corte en la última semana, incluidas la despenalización del aborto en Coahuila, con efectos de protección para todas las mujeres del país, y la inconstitucionalidad para reconocer “la vida desde la concepción” en las entidades.

Entre los que protestaron se encontraban integrantes sanitarios. Pero la mayoría de los que está en contra de estas decisiones se ha expresado sobre todo en redes sociales, usando el hashtag (etiqueta) “#CorteAbortoNo”, promovido sobre todo por las organizaciones “provida” como el conservador Frente Nacional por la Familia, entre otros.

Ahora, con la discusión de la Corte pendiente de definirse en el caso de la objeción de conciencia, ya que por falta de tiempo el pleno no pudo analizar el lunes todos los aspectos del proyecto del Ministro ponente Luis María Aguilar Morales, los integrantes del sector salud que defienden esta postura han intensificado sus expresiones.

“Soy médico que preserva la vida, no la quita”, dice el cartel de uno de ellos, publicado en redes sociales. “Yo apoyo la vida”, dice otro. Algunos incluso usan fragmentos del Juramento hipocrático para argumentar en favor de su postura: “Primero no hacer daño”.

A las protestas se han sumado incluso aquellos que aún no terminan su carrera. “Estudio para salvar vidas, no eliminarlas”, dice el cartel de una muchacha. “Como futuro médico, quiero salvar vidas, no quitarlas”, reitera otro.

El pedido a la Suprema Corte es contundente: “respeten mi objeción de conciencia”, piden.

Sin embargo, incluso a pesar de la decisión del máximo Tribunal del país para reconocer la objeción de conciencia, el propio Ministro Aguilar Morales fue igual de claro. “No constituye un derecho absoluto ni ilimitado que pueda ser invocado en cualquier caso y bajo cualquier modalidad. No se trata de un derecho general a desobedecer las leyes”, sentenció.

El proyecto presentado, sin embargo, fue criticado por el Ministro Presidente Arturo Zaldívar, una de las voces más progresistas de la Corte en su historia. Aguilar Morales incluso aceptó que su proyecto carecía de perspectiva de género e interseccionalidad, lo cual añadirá al engrose, pero rechazó que no hubiera incorporado el panorama del derecho internacional.

“El paso que hemos dado en el derecho fundamental del derecho fundamental a la interrupción del embarazo no puede quedar obstaculizado por el ejercicio de la objeción de conciencia. No podemos dejar la puerta abierta para que esta se convierta en un nuevo obstáculo que pueda anular sus derechos”, manifestó Zaldívar durante su intervención.

El Ministro Presidente insistió en “tiene que haber total seguridad jurídica del derecho a la libertad de conciencia y a los titulares del derecho a la salud”. “Dejarlo en los términos [del proyecto] es casi imposible de administrar, es dar un cheque en blanco a la arbitrariedad, es nuevamente, de manera disfrazada, que se abuse y discrimine a mujeres y personas gestantes”, completó.

La Ministra Norma Piña argumentó que la legislación viola el principio de seguridad jurídica por no ser clara ni precisa, lo que vulnera el derecho a la salud. Los ministros chocaron sobre la validez de la norma y aplazaron su discusión para la próxima sesión.

Imagen de archivo donde cientos de mujeres se manifiestan México para pedir la despenalización del aborto y un acceso libre a los servicios para la interrupción del embarazo. Foto: Francisco Guasco, EFE

Los límites de la objeción de conciencia se discutirán el próximo lunes en la Corte, en un mes de septiembre donde el pleno ya decidió, por ejemplo, declarar inconstitucional el artículo 196 del estado de Coahuila que criminaliza el aborto en cualquier etapa del embarazo, lo que sienta una jurisprudencia y obliga a los jueces del país a fallar a favor de las mujeres.

Los ministros también definieron la semana pasada como inconstitucional que las legislaciones locales en México reconozcan “la vida humana desde la concepción”. Estas reformas que surgieron para propiciar un ambiente de criminalización del aborto.

Los ministros deberán resolver definitivamente un caso que llevó al pleno la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) desde 2018. El organismo argumentó que el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud “abre la posibilidad a que se afecten derechos fundamentales como la salud, integridad personal, seguridad jurídica, a la vida, libertades sexuales y reproductivas, derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de los hijos, y derecho al libre desarrollo de la personalidad”.

La Suprema Corte declaró el martes inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento. Foto: EFE.

La CNDH señaló que “el legislador federal ordinario no tiene la posibilidad de establecer restricciones a derechos constitucionales de forma que afecte el contenido esencial de un derecho fundamental como la protección de la salud”.

Por otra parte, la Comisión no se opuso “en forma alguna” a la regulación del ejercicio de la objeción de conciencia. “Sin embargo, dicha regulación debe de ser dentro del estricto respeto al marco constitucional y convencional existente, de manera que garantice plenamente el respeto y la protección de los derechos fundamentales”, indicó en su momento.

Además, de acuerdo con el informe Objetivo de Conciencia y Derechos Reproductivos: Estándares Internacionales de Derechos Humanos realizado en 2013 por el Centro de Derechos Reproductivos, “el derecho a la objeción de conciencia a la prestación de servicios de salud implica que los profesionales de salud tienen derecho a negarse a proporcionar ciertos servicios de salud por considerarlos contrarios a sus convicciones personales”.

No obstante, dice el reporte, de acuerdo con el precedente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), se establece “una obligación para los Estados de regular la prestación del servicio de salud en casos en que la vida y la integridad personal se encuentren en peligro”.

“Así, el Estado debería garantizar que las mujeres reciban los cuidados de salud que requieren cuando su vida y su integridad estén amenazadas, incluso en casos en los que la objeción de conciencia de los profesionales de salud sea un obstáculo al acceso a servicios de salud para las mujeres”, asegura.

Este martes, Human Rights Watch celebró las últimas decisiones del máximo Tribunal del país. “Las decisiones podrían tener un efecto importante en la vida de las mujeres, no solo porque declaran inconstitucional la penalización absoluta del aborto, sino porque el texto preliminar de ambos fallos centra su argumentación en la autonomía y la dignidad humana de las mujeres”, expresó.

Frida C.


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