Avalan Magistrados que es Constitucional la Objeción de Conciencia del Personal Médico

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• A una semana del fallo histórico de la SCJN de despenalizar el aborto.

Por Elda Montiel

SemMéxico, Cd. de México, 13 de septiembre de 2021.-   En sesión del pleno este lunes las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconocieron el derecho del personal médico a la objeción de conciencia, por lo que puede negarse a practicar el aborto pero que sin restrinja el derecho a la protección a la salud de las personas.

El Pleno reconoció que esta figura no restringe el derecho a la salud y el único escenario en que el personal está obligado a realizar la Interrupción Legal del Embarazo es cuando la vida de la madre se encuentre en riesgo o represente una urgencia médica.

Sin embargo, la Corte no ha hecho la votación definitiva que será el próximo 20 de septiembre, aunque la mayoría del pleno, ocho votos, ha adelantado que validará el derecho a la objeción de conciencia, pero con el voto en contra del presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.

De esta manera la Corte comenzó a discutir sobre la acción de inconstitucionalidad 54/2018 del artículo 10 Bis de la Ley General de Salud en materia de objeción de conciencia que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra la reforma a la Ley General de Salud de 2018 que permite la objeción de conciencia en los médicos.

El ministro Luis María Aguilar Morales, autor del proyecto que avalaron siete magistrados, afirmo que esta figura es una cuestión individual que los médicos ejercen con base en su libertad religiosa e ideológica pero no constituye un derecho absoluto ni ilimitado que pueda ser invocado en cualquier caso y bajo cualquier modalidad. No se trata de un derecho general a desobedecer las leyes.

El presidente de la Corte, Arturo Zaldívar reprochó que se establezca la libertad religiosa como elemento al derecho a la objeción de conciencia y argumento que si bien la reforma no legaliza la discriminación ni avala negar un aborto o tratamiento, crea un ambiente que perjudica a mujeres, la comunidad LGBT y otras minorías, por lo que votó en contra de la constitucionalidad de la objeción de conciencia.

«La propuesta carece de perspectiva de género e interseccional, al no reconocer que son las mujeres, personas gestantes, personas de orientación sexual diversa y personas con menos recursos las que más sufren los impactos del ejercicio de la objeción de conciencia», sostuvo el ministro.

Cabe recordar que la semana pasada la Suprema Corte declaró por primera vez inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento.

Frida C.


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