Proponen diputados del PRD garantizar ingreso mínimo en situaciones de pandemia a personas desempleadas

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•Una acción de justicia que están obligados a realizar los miembros del Congreso local consideró Omar Ortega

Toluca, Estado de México, miércoles 11 de noviembre de 2020.- El Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (GPPRD) en el Congreso local, propuso que en casos de pandemia el Poder Ejecutivo otorgue un ingreso mínimo, durante tres meses, a aquellos mexiquenses que hayan perdido su fuente de empleo.
Tras sostener que lograr la igualdad real, efectiva y tangible es el objetivo del proyecto de decreto por el cual se propone reformar el Artículo 9 de la Constitución y crear la Ley de Ingreso al Mínimo Vital de Emergencia del Estado de México presentada este martes a nombre del Grupo Parlamentario del PRD integrado por Araceli Casasola Salazar y Claudia González Cerón, el también legislador Omar Ortega Álvarez, precisó que en caso de aprobarse su propuesta los mexiquenses beneficiados estarían recibiendo un total de 30 UMAS cada mes.
Durante la sesión del Poder Legislativo del Estado de México, Omar Ortega comentó que la pérdida de empleos y el complejo escenario que no favorece a ningún sector de la población, producto de la pandemia por Covid-19, ha incrementado el porcentaje de personas en situación de pobreza.
“Las circunstancias adversas que se están viviendo en nuestro Estado a propósito de la contingencia sanitaria, exigen la incorporación constitucional del derecho al ingreso mínimo vital”, subrayó.
De acuerdo a cifras de la Encuesta Telefónica de Ocupación y Empleo (ETOE) elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), se puede precisar que, en junio de 2020, alrededor de 4.4 millones de personas perdieron, renunciaron a su empleo o cerraron su negocio, lo que ha generado un gran número de problemas a miles de familias.
El legislador recordó que desde junio del 2011 se realizó el reconocimiento constitucional de los Derechos Humanos en nuestra Carta Magna, por ello los representantes populares están obligados a legislar para apuntalar dichas garantías que van en beneficio de aquellos ciudadanos mexiquenses que por una u otra circunstancia perdieron su fuente de ingreso en un escenario de pandemia.
La presente reforma, explicó, está en esa sintonía con dicha premisa, ya que consiste en otorgar un mínimo de subsistencia digna y autónoma protegiendo constitucionalmente a personas que quedaron desempleadas a causa de la pandemia.
En este tenor apuntó que es imperante legislar a favor del derecho al ingreso mínimo vital, puesto que el Estado de México es la entidad federativa con más habitantes, contando con 16,187,608; de acuerdo con datos del INEGI (2015) y aunado a ello, el CONEVAL estima que los efectos de esta crisis sanitaria se traducirán en un incremento en la población en situación de pobreza con un incremento de al menos, 7.2 y hasta 7.9 puntos porcentuales, siendo el peor escenario aquel en el que la población más afectada es la que actualmente padece pobreza urbana.
Ortega presentó algunos casos de países europeos en donde el ingreso mínimo vital rondan en 250 hasta 1000 euros por persona. “Podemos dar cuenta del éxito que este mecanismo ha tenido en diversas demarcaciones territoriales. Asimismo, a nivel Nacional ya tenemos un precedente constitucional, es decir, ya está contemplado en la Constitución Política de la Ciudad de México”.
Puntualizó que con datos duros se prueba la necesidad de implementar el ingreso al mínimo vital, que puede ser determinado en función de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que al día comprende $ 86.88, y pidió se reflexione sobre cuántas UMA´S son necesarias para poder vivir en el Estado de México, considerando que los 125 municipios tienen muy particulares modos de vida. Es por ello que la presente plantea que el derecho al ingreso mínimo vital sea entregado al mes, lo cual representa $ 2,641.15 por ciudadano.
“Este parámetro constituye el contenido del derecho al mínimo vital, el cual, a su vez, coincide con las competencias, condiciones básicas y prestaciones sociales necesarias para que la persona pueda llevar una vida libre del temor y de las cargas de la miseria, de tal manera que el objeto del derecho al mínimo vital abarca todas las medidas positivas o negativas imprescindibles para evitar que la persona se vea inconstitucionalmente reducida en su valor intrínseco como ser humano por no contar con las condiciones materiales que le permitan llevar una existencia digna” argumentó Ortega.

Frida C.


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