Plan B Electoral: Un Golpe a la Representación Indígena y al Estado Pluricultural y Plurilingüe - Lacallelibre

IEEM 2027
  • Voz de la Coordinadora de Pueblos y Organizaciones Indígenas de México (COPIM).

 

Ciudad de México, a 26 de marzo de 2026.- La COPIM rechaza la suplantación de derechos por «acciones afirmativas» transitorias y exige el reconocimiento de los pueblos como sujetos de derecho público

Se advierte una ruta de judicialización ante la omisión legislativa y se exige el cumplimiento de la reforma constitucional de septiembre de 2024.

La reforma centraliza el poder y asfixia la autonomía de las comunidades al limitar la representación directa en los cabildos.

Tras la aprobación del “Plan B” electoral en el Senado, la Coordinadora de Pueblos y Organizaciones Indígenas de México (COPIM) denuncia una regresión autoritaria que atenta contra la libre determinación. Si bien la organización reconoce que la revocación de mandato no debe ser un factor de distorsión en el proceso intermedio, resulta alarmante que el proyecto ignore la nueva condición constitucional de los pueblos como sujetos de derecho público.

 

Demandas Irrenunciables de la COPIM

En concordancia con el pronunciamiento entregado a la Presidencia de la República, al Congreso de la Unión y a la SCJN, la Coordinadora manifiesta lo siguiente:

Rechazo a la simulación: Se rechaza cualquier reforma que pretenda elevar las «acciones afirmativas» a rango definitivo para suplantar el derecho a una representación política real y propia. Estas deben ser únicamente un piso mínimo transitorio con sanciones estrictas contra la usurpación de espacios.

Representación directa sin partidos: La COPIM exige que la ley reconozca los mecanismos propios de los pueblos para postular representantes de manera directa, sin intermediación partidista, garantizando la participación de las mujeres indígenas.

Fin a la omisión legislativa: Se demanda el cumplimiento del artículo 3° transitorio de la reforma de septiembre de 2024 para expedir la Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como la Ley General de Consulta Indígena.

Exigencia al Poder Judicial: Se urge la resolución del Juicio de Amparo 908/2025 por omisión legislativa en Baja California, del cual la COPIM es promovente.

Consulta Previa y Obligatoria: Todo acto legislativo que afecte a los pueblos originarios debe ser precedido por una consulta bajo el estándar de consentimiento previo, libre e informado, conforme al Convenio 169 de la OIT.

Riesgos del centralismo electoral

La propuesta actual responde a una lógica que ignora la diversidad cultural de México.

Bajo el «Plan B» aplica una lógica de estandarización administrativa que omite la naturaleza pluricultural de los municipios con población indígena. Al imponer topes máximos a las regidurías, se limita la capacidad de las comunidades para integrar sus propios espacios de decisión en los cabildos, lo que vulnera el pacto federal y el derecho a la autogestión local. Esta centralización de reglas electorales corre el riesgo de silenciar la representatividad plural en favor de una estructura operativa rígida, decidida lejos de la realidad territorial de los pueblos.

Existe una preocupación constante en que la pluralidad muera bajo una visión centralista.

De no establecerse un diálogo real que refleje estas demandas en el texto de la ley, la COPIM recurrirá a mecanismos de resistencia legal y judicialización masiva para defender el pacto federal y los derechos constitucionales de los pueblos indígenas.

Carlos H.