
- El Poder Judicial Federal emitió un fallo favorable a los demandantes, otorgando el amparo y la protección a Pastor Nava Montoro, María Magdalena Rodríguez Benítez, Édgar Ledezma Bernal, Adrián Carlos Benítez García y Alejandro Reyes Jaramillo.
- Los afectados, provenientes de Morena, PAN y un independiente, dejaron claro que su lucha no es partidista, sino por la legalidad y la defensa de sus derechos constitucionales.
Por Ana Valeria Castro
Toluca, México a 11 de Junio de 2025.- La presidenta municipal de Valle de Bravo, Michelle Núñez Ponce, ha sido señalada por una acción inconstitucional al ordenar la suspensión de pagos y funciones del exsíndico y cuatro exregidores, una medida que, según el Poder Judicial Federal, debió ser competencia del Poder Legislativo del Estado de México.
En conferencia de prensa, los ex ediles indicaron que el pasado 24 de junio de 2024, sin justificación oficial conocida ellos y sin tomar en cuenta que los servidores públicos de elección popular no pueden ser sancionados unilateralmente por la presidencia municipal, Núñez Ponce ordenó a la Tesorería de Valle de Bravo suspender los salarios y emolumentos de ese entonces síndico Pastor Nava Montoro y de los regidores María Magdalena Rodríguez Benítez (primera), Édgar Ledezma Bernal (segundo), Adrián Carlos Benítez García (sexto) y Alejandro Reyes Jaramillo (séptimo). Además de la suspensión de pagos, se les impidió el ejercicio de sus funciones.
Por lo que, en su momento, solicitaron una explicación mediante oficio el 9 de agosto de 2024 al supuesto secretario del Ayuntamiento, Juan Montes de Oca Gómez Tagle, y el 12 de agosto a la propia presidenta municipal, sin recibir respuesta alguna. Esta situación, que para los afectados debió resolverse mediante diálogo y concertación, escaló a un conflicto mayor que exhibe la arbitrariedad en la administración municipal que, según los exediles, enfrenta problemas graves sin solución.
Por ello, ante la falta de respuesta y la orden ilegal, buscaron la protección del Poder Judicial Federal, interponiendo una demanda de amparo en el Juzgado Tercero de Distrito. Tras una ampliación de la demanda y debido a la reforma judicial, el caso fue reasignado al Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Civil y del Trabajo en Toluca.
Motivo por el cual, la demanda interpuesta contra la presidenta municipal, el secretario del Ayuntamiento y la tesorera de Valle de Bravo, exigió la restitución de los montos económicos injustamente retenidos.
Sin embargo, las autoridades municipales intentaron desestimar la demanda argumentando que fue presentada fuera de tiempo, en enero de 2025, cuando los ediles ya no formaban parte del Cabildo. Sin embargo, el Poder Judicial Federal actuó con apego a la ley, dejando claro que este argumento era improcedente, ya que la orden de suspensión de pagos nunca fue revocada y los afectados no recibieron respuesta a su petición inicial.
En este sentido el 22 de mayo del presente año, el Poder Judicial Federal emitió un fallo favorable a los demandantes, otorgando el amparo y la protección a Pastor Nava Montoro, María Magdalena Rodríguez Benítez, Édgar Ledezma Bernal, Adrián Carlos Benítez García y Alejandro Reyes Jaramillo.
Los exediles afectados enfatizaron que la actuación de un funcionario municipal debe regirse por la legalidad, y que no deben permitirse conductas ilícitas ni inconstitucionales. Advierten que la discreción o la omisión pueden convertirse en cómplices de decisiones sin sustento legal.
“Es crucial recordar que ninguna autoridad municipal, como la alcaldesa Michelle Núñez Ponce, puede evadir la legalidad con el argumento de que otras autoridades o justificaciones posteriores validarán sus determinaciones, por muy injustas que sean. El fallo del Poder Judicial es definitivo y debe cumplirse, protegiendo a quienes buscaron, por la vía legal, revertir una acción ilegal”, enfatizaron.
Los afectados, provenientes de Morena, PAN y un independiente, dejaron claro que su lucha no es partidista, sino por la legalidad y la defensa de sus derechos constitucionales, por eso mismo confirmaron que, si bien el periodo constitucional de sus funciones ha vencido, la sentencia favorable implica la reparación del daño, es decir, el pago de los salarios y emolumentos que les fueron suspendidos de manera ilegal por aproximadamente seis meses, a partir del 24 de junio de 2024.
Respecto a posibles desacatos por parte de la presidenta municipal si se niega a cumplir la sentencia, el abogado de los ediles señaló que es un tema que tendrá que liquidarse en el juzgado federal. La figura del desacato puede derivar en sanciones determinadas por el Poder Judicial Federal contra quienes hayan cometido la falta. También se mencionó la posibilidad de un incidente por daños morales y reparación del daño, que se determinará una vez que se cumpla la sentencia actual.
En cuanto a las acusaciones de falsificación de firmas y falsedad de declaración, se informó que existe un incidente en el cuaderno incidental del amparo, donde peritos especializados determinarán la situación.
Finalmente, invitaron a la ciudadanía a no dejarse intimidar y a acudir a las instituciones si consideran que sus derechos o garantías individuales están siendo violentados, ya que, como su caso lo demuestra, las instituciones hacen su labor y la justicia puede prevalecer.