La Carrera de Clara Depende de SCJN por Viejo Caso Judicial no Resuelto, Dice El País - Lacallelibre

Carrera de Clara 3
  • El Juez podría imponer a la precandidata de Morena una pena de cárcel de cinco a 10 años, multa
    e inhabilitación de cinco a 10 años para desempeñar cargos públicos, por lo que impediría que
    siguiera en la contienda para ser Jefa de Gobierno.

Ciudad de México, 14 de diciembre (SinEmbargo).- El periódico El País publicó ayer una
investigación sobre un viejo caso no resuelto en la Alcaldía Iztapalapa, lo que podría poner en
problemas a Clara Brugada, precandidata única de Morena por la Jefatura de Gobierno de Ciudad
de México, ya que si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprueba su omisión,
quedaría suspendida del ejercicio público hasta 10 años.
El periodista Zedryk Raziel explicó en el periódico español que el pleito gira en torno a la posesión
de un cementerio que los grupos indígenas reclaman desde 2005 para usarlo según sus costumbres
ancestrales en un régimen comunitario, y aunque señala que Brugada no lo originó, al haber sido
Alcaldesa de la demarcación, podría ser implicada en el caso al ser “superior de la autoridad
responsable”, en este caso, de la dirección jurídica de la demarcación.
Un Tribunal Colegiado determinó en 2018 y 2021 —ya en el periodo de Brugada— que no se
cumplió debidamente el amparo por parte de las autoridades locales, ya que Alcaldía ha hecho uso
como panteón civil, accesible a toda la población, de tradición católica, y bajo control de la
administración local, y no como lo acordado con las y los pobladores.
El asunto fue turnado a la SCJN, que está en etapa de análisis del caso. Si el máximo tribunal del
país confirma la omisión de las autoridades demandadas, Brugada podría ser inhabilitada para
ejercer cargos públicos hasta por 10 años, según lo establece la Ley, es decir, sería inelegible como
Jefa de Gobierno de la capital.
De acuerdo con Zedryk Raziel, el equipo jurídico de la precandidata ha asegurado que Brugada no
está señalada en el incumplimiento, pero la Ley de Amparo establece su responsabilidad como
“superiora jerárquica del director jurídico, aún cuando deje el cargo de Alcaldesa”.
El periodista de El País precisó que entre 2008 y 2011, el Gobierno capitalino, encabezado por
Marcelo Ebrard, otorgó al barrio de Culhuacán el reconocimiento como pueblo originario y emitió
decretos expropiatorios favorables para que las y los indígenas pudiesen ocupar el terreno
reclamado, y a la Alcaldía de Iztapalapa le correspondía emprender las acciones necesarias para
concretar la edificación del panteón comunitario.
Sin embargo, en enero de 2016, la entonces Alcaldesa Dione Anguiano, del Partido de la
Revolución Democrática (PRD), ignoró los decretos y emprendió un litigio, con apoyo de
autoridades del Gobierno de Ciudad de México — encabezado por Miguel Ángel Mancera, también
del PRD—, para que el nuevo cementerio quedase en manos de la Alcaldía Iztapalapa, con carácter
de panteón civil, y no comunitario controlado por las y los pobladores Culhuacán.
“La Alcaldía presentó en 2017 una denuncia contra las y los indígenas por despojo, y, en diciembre
de ese año, el Gobierno de Mancera ordenó un operativo conjunto de la policía y la Fiscalía para
desalojar por la fuerza a las familias asentadas en el predio”, escribió el periodista en El País.

De acuerdo con el reportaje, la Corte debe determinar si, a propuesta del Tribunal Colegiado,
procede que el funcionario responsable —el director jurídico— sea separado del cargo y
consignado ante un Juez de Distrito por el delito de incumplimiento de sentencias de amparo.
“El Juez puede imponer una pena de cárcel de cinco a 10 años, multa e inhabilitación de cinco a 10
años para desempeñar cargos públicos. ‘Las mismas penas serán impuestas en su caso al superior de
la autoridad responsable que no haga cumplir una sentencia de amparo’, dice la Ley. Esta es la
espada que pende sobre Brugada”, finaliza.

Carlos H.


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