
• Inmobiliaria invierten 2 millones de pesos para supuestamente comprar 50 mil metros y ahora supuestamente las residencias alcanzarán un valor de 3 a 5 millones de pesos en el mercado.
• Denuncian cumplicidad de autoridades estatales y municipales en tierras comunales de Acatzingo, municipio de Tenancingo para apropiarse “legalmente” de la tierra, los afectados recurren a tribunales y piden diálogo con la gobernadora Delfina Gómez para que se investigue a fondo y evitar una injusticia.
•Según el expediente 1627/2022 del Juzgado Sexto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México, se determinó que la parcela 737 es de la Comunidad de Acatzingo, Municipio de Tenancingo, Estado de México.
Toluca, México a 16 de Octubre de 2023.- Comuneros del de Ecatzingo, municipio de Tenancingo, piden un diálogo con la gobernadora Delfina Gómez para que se investigue el problema agrario que enfrentan con la inmobiliaria “Terra Map Grupo Inmobiliario SA de CV”, la cual supuestamente inviertió dos millones de pesos por la adquisición de 50 mil metros cuadrados y ahora convertir el negocio con la construcción de residencias que van a la venta con valor de 3 a 5 millones de pesos en el mercado, aunque los procedimientos de regularización registran complicidad de autoridades estatales y municipales. Además se investigue una supuesta escritura pública que otorga el bien a particulares y dudan de su autenticidad.
Para ellos, el expediente 1627/2022 del Juzgado Sexto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México, se determinó que la parcela 737 es de la Comunidad de Acatzingo, Municipio de Tenancingo, Estado de México.
Denuncian complicidad de las autoridades estatales y Municipales para autorizar un conjunto urbano, sin cumplir con la normatividad del Código Administrativo del Estado de México y del Reglamento del Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México, en tierras comunales del poblado.
Relatan:
1.- Reseña de la comunidad de Acatzingo, Municipio de Tenancingo, Estado de México, como polígono comunal e indígena conforme a la resolución presidencial que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 01 de octubre de 1947, en donde se confirma y titula 920 hectáreas.
2.- Dictámenes emitidos por los peritos oficiales en Agrimensura y topografía respecto de la parcela 737 de la comunidad de Acatzingo, Municipio de Tenancingo, Estado de México ante el Juez Sexto y Juez séptimo de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México.
Es importante mencionar que a la comunidad de Acatzingo, Municipio de Tenancingo, Estado de México, a través de resolución presidencial, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 01 de octubre de 1947, se publicó la resolución en el expediente de titulación de bienes comunales al poblado de Acatzingo, en Tenancingo, México, en donde en el resolutivo primero se confirmó y tituló correctamente, al poblado de Acatzingo, Municipio de Tenancingo, del Estado de México, los terrenos comunales con superficie de 920 Hs(novecientas veinte hectáreas),de las que el 40 % son de temporal, otro 40% de monte alto y 20 % de cerril.
Cabe indicar que en fecha 17 de Junio de 2005, tuvo verificativo la asamblea general de comuneros de la comunidad de Acatzingo, Municiio de Tenancingo, Estado de México, en donde en el punto 10 del orden del día se “aprobó”
10.- APROBACIÓN DE LA DELIMITACIÓN Y DESTINO DE LAS TIERRAS, DE LOS PLANOS INTERNOS, DE LAS ÁREAS DE USO COMÚN, Y LA ASIGNACIÓN O RECONOCIMIENTO DE DERECHOS SOBRE LAS TIERRAS,
11.- SOLICITUD AL R.A.N. PARA QUE INSCRIBA LOS ACUERDOS TOMADOS POR LA ASAMBLEA, CERTIFIQUE E INSCRIBA EL PLANO INTERNO Y DEMÁS ÁREAS, ASÍ MISMO EXPIDA LOS CERTIFICADOS CORRESPONDIENTES
De tal manera que en dicha asamblea la parcela 737 quedo sin asignar, siendo tierra de Aprovechamiento de uso común, pues la tierra de uso común es la especie y las tierras no asignadas son el género, tal y como se desprende de la tesis, Novena Época Registro: 190248,Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo XIII, Febrero de 2001 Materia(s): Administrativa Tesis: 2a. VI/2001 Página: 298, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que a la letra dice:
TIERRAS EJIDALES DE USO COMÚN Y TIERRAS NO PARCELADAS. PARA EFECTOS DE LA LEY AGRARIA, LAS PRIMERAS SON EL GÉNERO Y LAS SEGUNDAS UNA ESPECIE.- De lo dispuesto en los artículos 44, 63 , 73 y 76 de la Ley Agraria, y 41 de su Reglamento en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares, se desprende que las “tierras de uso común” son todas aquellas que no son de “asentamiento humano” ni “parceladas”; por tanto, las “tierras no parceladas” se consideran “de uso común” y esto lleva a concluir que ambos conceptos pueden estimarse de valor jurídico análogo para efectos de la Ley Agraria, ya que el segundo es el género, mientras que el primero constituye la especie.
Cabe indicar que por el contrario, nuestra contraparte presento una escritura pública, escritura pública quince mil seiscientos sesenta y cuatro, del volumen ciento sesenta y ocho ordinario, otorgada ante la fe del notario interino Licenciado Israel Gómez Pedraza de la notaria número setenta y ocho del Estado de México, relativo a la subdivisión de la protocolización de la subdivisión del predio sobre el cual otorgó la autorización de subdivisión a la empresa TERRA MAP GRUPO INMOBILAIRIO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE a través de sus representantes legales Juan Manuel Mendiola Sotelo E Israel Trijillo Nava, sobre el predio ubicado en carretera Tenancingo -Desierto del Carmen sin número paraje de “SANTA TERESITA” Acatzingo, Municipio de Tenancingo, Estado de México.
De tal manera que para acreditar la identidad del inmueble se ofreció por parte de los suscritos nuestro perito Juan Manuel Laurent Osorio como perito de la parte quejosa, en donde determinó que la parcela 737 pertenecía a los bienes comunales de Acatzingo, Municipio de Tenancingo, Estado de México, además de que su escritura pública se encontraba inmersa dentro del poligonal comunal, no obstante a lo anterior el Juzgado Federal nombro un perito tercero en discordia, Oscar Ruiz Flores perito oficial de la Coordinación de Servicios Periciales del Estado de México, de la Fiscalía General de Justicia, en Materia de Topografía dentro del expediente 1627/2022 del Juzgado Sexto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México.
Por lo tanto una vez que se determinó que la parcela 737 de la Comunidad de Acatzingo, Municipio de Tenancingo, Estado de México, pertenece a nuestro núcleo de población comunal de Acatzingo, Municipio de Tenancingo, Estado de México, es evidente de que el Juez Federal nos debe otorgar el amparo y protección de la justicia Federal, por construirse un conjunto urbano en tierras urbanas, sin cumplir con la normatividad en la materia.