PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA - Lacallelibre

Carlos H.3 de enero de 20238min15540

MESA DIRECTIVA DEL IX CONSEJO ESTATAL DEL PRD EN EL
ESTADO DE MÉXICO

CONVOCATORIA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, PARA LA SELECCIÓN DE LA PERSONA QUE OCUPARÁ LA CANDIDATURA A LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE MÉXICO Y QUE PARTICIPARÁ BAJO LAS SIGLAS DE ESTE INSTITUTO POLÍTICO EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2022-2023 DEL ESTADO DE MÉXICO.

El IX Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en el Estado de México.

C O N V O C A

A las personas afiliadas al Partido de la Revolución Democrática y a la ciudadanía en general del Estado Libre y Soberano del Estado de México, en pleno goce de sus derechos civiles, políticos y, en su caso, estatutarios, a participar en el proceso de Selección de la Candidatura del Partido de la Revolución Democrática a la Gubernatura del Estado de México, que participará bajo las siglas de este instituto político en el proceso electoral ordinario 2022-2023, en esta entidad, bajo las siguientes:
B A S E S

PRIMERA. – DISPOSICIONES COMUNES
SEGUNDA. – DEL TIPO Y CARGOS A ELEGIR.
TERCERA. – DE LA PARIDAD DE GÉNERO.
CUARTA. – REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD:
QUINTA. – DE LOS MECANISMOS PARA PREVENIR, ATENDER, Y, EN SU CASO, SANCIONAR LA VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO.
SEXTA. – DEL REGISTRO DE ASPIRANTES A LAS PRECANDIDATURAS.
SÉPTIMA. – REGLAS GENERALES DE PRECAMPAÑA:​
OCTAVA. – MÉTODO ELECTIVO:
NOVENA. – LUGAR Y FECHA DE LA APROBACIÓN DE LA CANDIDATURA:
DÉCIMA. – DE LOS ÓRGANOS COMPETENTES Y RESPONSABLES DE LA PREPARACIÓN, ORGANIZACIÓN, CONDUCCIÓN, VALIDACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL PROCESO INTERNO.
DÉCIMA PRIMERA. – DE LAS COALICIONES Y CANDIDATURAS COMUNES:
DÉCIMA SEGUNDA. -CONSENTIMIENTO DE LOS ASPIRANTES.
DÉCIMA TERCERA. – DATOS PERSONALES:
DÉCIMA CUARTA. – DEL REGISTRO DE CANDIDATURAS EN EL SISTEMA NACIONAL DE REGISTRO DE PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL.

TRANSITORIOS

PRIMERO. Lo no previsto por esta Convocatoria así como la interpretación de la misma, será resuelto por la Dirección Nacional Ejecutiva, y el Órgano Técnico Electoral y la Dirección Estatal Ejecutiva, en el ámbito de sus respectivas atribuciones; de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de México, la legislación Electoral del Estado de México y lo consignado en el Estatuto del Partido de la Revolución Democrática.

SEGUNDO.La falta de candidaturas será superada mediante la designación que realice la Dirección Nacional Ejecutiva, lo cual aplicará de igual forma en el caso de que el citado órgano de dirección nacional determina que existe el riesgo inminente de que el Partido se quede sin registrar candidaturas, lo anterior de conformidad en lo dispuesto en el artículo 39 fracción XVI inciso a) del Estatuto.

TERCERO. Los actos que tengan por objeto el cumplimiento de los requerimientos y demás obligaciones impuestas por las autoridades administrativas o jurisdiccionales electoral, serán cumplimentados por la Dirección Nacional Ejecutiva o la Dirección Estatal Ejecutiva en el ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones.

CUARTO. Se faculta al Delegado Político de la Dirección Nacional Ejecutiva del PRD y al Secretario General de la Dirección Estatal Ejecutiva de este Instituto Político en el Estado de México, para realizar las adecuaciones a los plazos y fechas contenidas en el presente Acuerdo, en razón de lo que establezca o en su caso requiera la autoridad electoral.

QUINTO. Los medios de impugnación que se interpongan con motivo de los resultados de los procesos de selección interna, deberán ser resueltos por el Órgano de Justicia Intrapartidaria.

SEXTO. Se conmina a los aspirantes internos como externos en el estado, a que se haga el mayor esfuerzo posible para lograr la precandidatura por consenso y así evitar por lo tanto la realización de mecanismos que generen gastos económicos.

SÉPTIMO. En caso de que exista el riesgo inminente de que el Partido se quede sin registrar candidaturas, aplicará lo previsto en el artículo 39 fracción XVI inciso a) del Estatuto del Partido de la Revolución Democrática.

OCTAVO. Publíquese un extracto de las fechas determinantes en un diario de circulación estatal y de manera integral en la página oficial de internet del Partido Nacional y Estatal, una vez que la convocatoria haya sido observada por la Dirección Nacional; y notifíquese al Instituto Electoral del Estado de México, a través de la Representación del Partido de la Revolución Democrática.

Notifíquese. – A la Dirección Nacional Ejecutiva del Partido de la Revolución Democrática; para los efectos legales establecidos en el artículo 41 del Reglamento de Elecciones y demás a que haya lugar.

Notifíquese. – Al Órgano Técnico Electoral del Partido de la Revolución Democrática; para los efectos legales establecidos en el artículo 41 del Reglamento de Elecciones y demás a que haya lugar.

Notifíquese. – Al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México; para los efectos legales a que haya lugar.

Publíquese. – En los estrados y página electrónica de la Dirección Estatal Ejecutiva del Partido de la Revolución Democrática en el Estado de México.

Así lo aprobó por la Mayoría calificada de las Consejerías presentes, durante el desarrollo de su Sesión Extraordinaria del Décimo Pleno Extraordinario del IX Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en el Estado de México, celebrada en la Ciudad de Toluca, Estado de México a los cuatro días del mes de diciembre del 2022.

ATENTAMENTE
¡DEMOCRACIA YA, PATRIA PARA TODAS Y TODOS!
MESA DIRECTIVA DEL IX CONSEJO ESTATAL
DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA EN EL ESTADO DE MÉXICO.

A T E N T A M E N T E.
¡DEMOCRACIA YA, PATRIA PARA TODOS!
MESA DIRECTIVA DEL IX CONSEJO ESTATAL EN EL ESTADO DE MÉXICO

FEDERICO AGUILAR GARCÍA.
PRESIDENTE.

*LA PRESENTE PUBLICACIÓN ES UN EXTRACTO DEL INTRUMENTO CONVOCANTE, CONSULTABLE EN EL SIGUIENTE LINK:
1

Paseo Tollocan No. 911, Col. Isidro Fabela 2da sección, C. P. 50170, Toluca, Estado de México
E-mail: novenamesa@gmail.com Tel. (722) 215-47-79. Ext. 112

Carlos H.


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