Ordenan Eliminar de Película en Netflix a Alcaldesa Panista

Frida C.16 de abril de 20215min11280
ALCALDESA PANISTA
  • La Sala Especializada del Tribunal Electoral ordenó a la plataforma de streaming bajar la película “Se busca papá” hasta que los productores borren de ahí las imágenes de María Teresa Jiménez, presidenta municipal de Aguascalientes, al considerar que hubo promoción indebida.

 

Ciudad de México (apro).- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a Netflix y a las productoras de la película “Se busca papá” bajar esa cinta de sus plataformas y borrar las imágenes de María Teresa Jiménez Esquivel, presidenta municipal de Aguascalientes y candidata del PAN a diputada federal.

Por mayoría los magistrados de esa sala concedieron la razón a Movimiento Ciudadano, y establecieron que en ese caso hubo indebida promoción personalizada de la servidora pública, sobreexposición y posicionamiento injustificado, lo que podría vulnerar la equidad en la competencia política ya que es abanderada a diputada plurinominal.

Empero, se descartó uso indebido de recursos públicos o actos anticipados de precampaña.

Así, se ordenó a las productoras Pocket Pictures S.A. de C.V. y Epluse Films S.A. de C.V. y a las que correspondan, que editen, sustituyan o eliminen los segundos en los que apareció la imagen de la presidenta municipal.

Esto porque, se determinó por mayoría esa  aparición vulnera el principio de equidad en la contienda por la sobreexposición de su imagen.

En tanto, a Netflix Inc. y Netflix Global, LLC. se les instruyó a bajar de sus plataformas de streaming la cinta, hasta que se realice la edición ordenada.

Entre los argumentos, se expuso que la funcionaria no fue mesurada al participar en la película “pues las personas del servicio público no deben utilizar o aprovechar las oportunidades que, con motivo de su encargo, puedan estar a su alcance para posicionarse ante la ciudadanía porque quebrantan la equidad en el proceso electoral, como sucedió en el asunto”.

La decisión, que de ser impugnada será analizada por la Sala Superior como última instancia, tuvo el voto particular en contra del magistrado  presidente de la Sala Especializada, Jesús Lara Patrón, pues a su juicio no se confirmó que Jiménez haya incurrido en irregularidades.

En su aparición en la película, expuso, no se destacaron aspectos positivos o cualidades personales, o que su nombre o imagen se asociara con algún elemento político electoral que la colocara en una posición de ventaja frente al resto de los contendientes en la elección en curso.

En otro caso, se exoneró a Morena de haber incurrido en uso indebido de la pauta en su spot Vacuna Covid3, aunque de acuerdo al denunciante, el PAN, en éste ”se difunde propaganda falsa o engañosa relacionada con la compra y aplicación de la vacuna COVID-19 con el propósito de posicionarse en el actual proceso electoral.

En este caso la magistrada Gabriela Villafuerte Coello emitió un voto particular porque desde su visión, la información sí genera confusión a la ciudadanía al plantearse que Morena donó parte de sus prerrogativas para fondear la vacuna contra el coronavirus, lo que no es el caso, pues aunque parte de la devolución de financiamiento se concrete, no se puede decir que se destinó a comprar a vacunas.

En un tercer asunto el pleno desestimó que el PRI haya incurrido en calumnia, actos anticipados de campaña y uso indebido de la pauta por la difusión del spot “Barredora”.

Por último se confirmó que Morena hizo uso indebido de la pauta, al difundir el spot Morena San Luis Potosí a nivel nacional, cuando debió usar pauta local. La multa impuesta al partido fue de 224 mil 50 pesos.

Frida C.


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