TEPJF Declara Procedente Bajar spot de Morena Sobre Vacunas Contra el Covid-19

Frida C.28 de enero de 20214min8810
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• El spot impugnado por el PRD dice que ya está llegando la vacuna contra el Covid-19, y “con ella la esperanza de un mejor futuro se levanta”.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) que declaró procedente la adopción de la medida cautelar al spot “Campaña Covid”, de Morena.

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) interpuso una queja en contra de Morena el pasado 21 de enero, al considerar que la difusión del spot “Campaña Covid”, en sus versiones de televisión y radio, eran actos anticipados de campaña, así como un uso indebido de la pauta.

Por ese motivo, el partido solicitó como medida cautelar la suspensión de su transmisión, y el 22 de enero, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró procedente la medida cautelar. Dos días después, Morena impugnó la decisión.

El spot dice que ya está llegando la vacuna contra el Covid-19, y “con ella la esperanza de un mejor futuro se levanta”. Tras pedir se sigan las medidas de prevención se señala: “Tiempo cedido por Morena para el cuidado de la salud”.

Durante la sesión privada no presencial, realizada a través de videoconferencia, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF coincidieron procedente la medida cautelar, al considerar que Morena no siguió el camino legal marcado por el Consejo General del INE en el acuerdo del 4 de enero, para los partidos que renuncien a sus tiempos en radio y televisión.

Los magistrados consideraron que Morena debió notificar por escrito para que la Secretaría de Gobernación remitiera los promocionales para atender la emergencia sanitaria, cuyo contenido se limitaría a identificar el nombre de la institución de salud correspondiente, de acuerdo con un comunicado difundido por el Tribunal.

“La Sala Superior consideró además infundados los alegatos de Morena. Determinó que la difusión puede afectar el principio constitucional de certeza, al generar una perspectiva equivocada en la ciudadanía y la prerrogativa debe ser ejercida clara y directamente por los partidos políticos sin que se genere confusión o duda de que el mensaje pudiera ser emitido por algún ente diverso a ellos, pues ello desnaturalizaría la finalidad de los tiempos pautados”, concluye el comunicado.

Frida C.


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